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General Villegas
sábado, 20 abril, 2024

Hoy y mañana, continúan las capacitaciones a autoridades de mesa

Continúa en el distrito de General Villegas la capacitación para autoridades de mesa en vistas a las elecciones de este domingo 11 de agosto.

Previo a las Primarias Abiertas Simultáneas y Obligatorias (PASO), quienes se vayan a desempeñar en ese rol ya fueron capacitados en nuestra ciudad, en Emilio V. Bunge, Coronel Charlone, Santa Regina, Cañada Seca, Elordi y Piedritas.

Este viernes 9, la capacitación se repite en General Villegas en el Jardín N° 901, a las 17.30 horas; y el sábado 10 de agosto en Banderaló, en la Escuela N° 6, a las 10 de la mañana.

¿Quiénes son las autoridades de mesa?

Las mesas electorales están formadas por ciudadanos elegidos por sorteo o extraídos de postulaciones voluntarias, quienes se encargan de recibir los votos y de hacer el recuento en el proceso de elecciones. Cada mesa electoral tendrá como única autoridad un funcionario que actuará con título de presidente. Y también se designará un (1) vicepresidente 1º y un (1) vicepresidente 2º, que auxiliarán al presidente y lo reemplazarán en los casos que la Ley establece.

¿Quién designa a las autoridades de mesas electorales?

Los Presidentes de Mesa y sus suplentes son designados por el Juzgado Federal con competencia electoral del distrito que corresponda, quien envía por correo postal las notificaciones a cada ciudadano que deba cumplir con el rol de autoridad de mesa. Ah, y la designación de autoridades de comicios es un deber público irrenunciable.Para favorecer que la ciudadanía participe activamente de dicho proceso, la Ley N° 26.571 estableció la creación del Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa, disponiendo a la vez que los Juzgados Federales con competencia electoral tengan en cuenta a los inscriptos en el momento de designar a quienes desempeñarán estas funciones en las próximas elecciones.

¿Qué funciones específicas tienen las autoridades de mesa?

Además de la recepción de los votos de los ciudadanos, las autoridades de mesa tendrán a su cargo todo lo referente a mesas electorales, apertura del acto, emisión del sufragio, funcionamiento del cuarto oscuro y clausura del acto, ajustándose a lo dispuesto al respecto en el Titulo IV del Código Electoral Nacional.