22 C
General Villegas
viernes, 29 marzo, 2024

RSE, o cuánto me importe el de al lado

Por María Clara Ghio y Federico Ferreyra Marquesto

Hace más de 48 años, casi medio siglo, el presidente Kennedy planteo en su discurso del 20 de enero de 1961 una interrogante aún pendiente. No pensemos en lo que la sociedad puede hacer por nosotros, pensemos nosotros en que podemos hacer por ella. A lo largo del mundo, grupos de individuos de los más diversos se hacen eco de esta ida y vuelta entre la sociedad y sus miembros. Si no estoy de acuerdo con la sociedad en la que vivo, con sus injusticias y abusos, ¿Qué hago yo al respecto? ¿Lo prevengo o lo promuevo?

Fruto de este movimiento, de esta expectativa, esta cambiando la dinámica empresa – sociedad, y la sustentabilidad y la responsabilidad social empresaria (en adelante “RSE”), se han hecho cruciales.

Si bien en Argentina no hay definición legal, podemos aproximar que RSE es la responsabilidad de una organización por los impactos de sus decisiones y actividades sobre la sociedad y el medio ambiente en que se desarrolla, a través de un comportamiento ético y transparente que sea consistente con el desarrollo sostenible.

Se hablará de “sustentabilidad” no ya solo en términos económicos, sino en su concepción más moderna, del proceso socio ecológico en busca de un ideal común (Wandember, JC, Sostenible por diseño, 2015) basado en tres dimensiones centrales: la económica, la social y la medioambiental (Arturo M. Calvente, Centro de Altos Estudios Globales).

¿Por qué es importante la responsabilidad social? Las organizaciones de todo el mundo, y sus partes interesadas (del termino en inglés “stake holders” o SH), son cada vez más conscientes de la necesidad y los beneficios de un comportamiento socialmente responsable y, cada uno en la medida de su alcance, lo está exigiendo. Así desde empresas multinacionales como Techint, Telefónica, BBVA, Arcor, YPF, hasta los emprendimientos más pequeños y recientes, ya no solo hacen foco en generar beneficios para sus accionistas en el corto plazo, sino en generar valor agregado en el largo plazo para los SH. Ello por intermedio de políticas que fijen el compromiso de la organización con el bienestar de la sociedad y el medio ambiente donde se desempeñan, convirtiéndolo en un criterio central para medir su desempeño general y su capacidad para continuar operando eficazmente.

¿Qué beneficios se pueden lograr con la implementación de una política de RSE? El desempeño de una organización en materia de RSE puede tener un rol estratégico:

  1. La construcción de una identidad corporativa. Crea una reputación, y se torna una ventaja comparativa en un mercado que tiende a la comoditización.
  2. Adquirir competitividad de la marca con SH primarios. En tanto refuerza la capacidad de atraer y retener trabajadores y socios, manteniendo la moral y el compromiso al pertenecer a un proyecto que convence, que tiene un objetivo más allá del económico. Algo similar pasa con los clientes y usuarios, que adquieren identidad con la empresa.
  3. Desarrollar la convivencia social de la marca con los SH secundarios: modificando la percepción de los inversores, propietarios, donantes, patrocinadores y la comunidad financiera, como así las relaciones con empresas, gobiernos, medios de comunicación, proveedores, pares, clientes y la comunidad en la que opera. Ello con una marcada reducción en la reclamabilidad.

Como guía para el desarrollo de los protocolos en RSE, puede considerarse el Libro Verde de la Unión Europea. El mismo centra las recomendaciones y experiencias para el armado de una política de RSE en los procesos productivos, las relaciones comerciales y con sus interlocutores.

A nivel global, las normas ISO 26.000, actúan como marco y guía en el diseño de políticas internas. Por su carácter netamente voluntario, estas normas ISO no pueden certificarse. ¿Quién puede beneficiarse de ISO 26000 y cómo? Todos, ya que proporciona orientación para todos los tipos de organizaciones, independientemente de su tamaño o ubicación. Es una guía de preceptos y recomendaciones, que conviene que las empresas institucionalicen como protocolos o manuales.

Entre los antecedentes argentinos podríamos referir el decreto N° 677/01 sobre el Régimen de Transparencia de la Oferta Pública que refiere Normas de Buen Gobierno, o la Ley N° 25.877 (Año 2004) que Reordena el Régimen Laboral (empresas de 300 a 500 empleados), donde obliga la confección de un Balance Social, o la Ley 27.401 de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas o el Índice de Sustentabilidad en el Mercado de Capitales.

Cabe destacar que la política de RSE es más que el mero cumplimiento normativo. Es el compromiso de la empresa con la sociedad en que se desempeña. Obligándose a tratar a la sociedad, al de al lado, como espera que la traten. Sea con empleados, proveedores, clientes o vecinos. Para acreditar que una empresa es Socialmente Responsable, puede obtener una certificación como Empresa B. Esta certificación se atribuye solo a empresas socialmente responsables, tanto en términos laborales, de gobierno corporativo, productivos y comerciales.

Por su lado el Rol del estado debería limitarse a tres funciones. 1. Como agente económico, actuando como buen empleador, buen consumidor y buen inversor. Asegurándose que contrata con empresas socialmente responsables. 2. Por la formulación de políticas públicas responsables en el largo plazo. 3. Promocionando, potenciando y fortaleciendo acciones de RSE (e.g. reducciones impositivas, beneficios crediticios, etc.).

Es así que el jugador central de la sustentabilidad y de la responsabilidad social empresaria, son las empresas que, escuchando a sus socios y clientes, deben prestar atención al contexto y su cuidado. Esto, en parte, es un reflejo del creciente reconocimiento de que necesitamos asegurar ecosistemas saludables, equidad social y buena gobernanza organizacional. En última instancia, las actividades de una organización dependen de la salud de los ecosistemas en los que se desempeñan.

 

Emiliano Betanzo, Abogado U.B.A., Posgrado en Asesoramiento Legal de Empresas U.B.A., Maestría Derecho y Economía UTDT.

María Clara Ghio, Abogada U.B.A., Maestría Derecho y Economía UTDT, Maestría Responsabilidad Social Corporativa, U. Rey Juan Carlos (Madrid).

Federico Ferreyra Marquesto, Abogado U.B.A., Maestría Derecho y Economía UTDT-CLEW, Maestría Administración de Empresas UTDT-RSM.

Correo electrónico: consultorafbg@gmail.com

Instagram: fbgconsultora

Facebook: FBG Consultora