El Tribunal Oral Criminal N° 1 pidió al Ministerio Publico Fiscal que abra una causa judicial para investigar “una hipotética responsabilidad penal de Nicolás Ezequiel “Tranquera” Ibañez por la comisión de un delito contra la administración pública”, al entender que la carta de puño y letra que escribió narrando hechos falsos vinculados al crimen de Ema Piorno de Galé pudieron buscar entorpecer la investigación y la resolución que debían tomar los jueces.
En el veredicto quedó claro que la carta fue escrita de puño y letra de Ibañez, y que allí se contaba con detalle movimientos falsos e inexistentes de él mismo y José Antonio “Corchi” Bigi (autor) el día del crimen en la casa de Ema Piorno de Galé. El texto manuscrito apareció en la causa un mes después del crimen y fue llevada a través de la Defensa del autor luego de que Ibañez supuestamente la entregara en los calabozos, donde presuntamente la escribió.
En esa carta, Ibañez no se hace cargo del homicidio de la mujer sino que hace un pormenorizado recorrido de los movimientos que supuestamente hizo con Bigi al momento de perpetrar el robo, algo que el propio homicida ya había reconocido en un intento por armar una coartada que le permita excluirse del delito más grave, por el cual finalmente fue condenado.
En el texto, Ibañez cuenta que sustrajo con Bigi un monto cercano a los 400 mil pesos, que luego arrojaron esa plata en un punto acordado con un numerario policial que supuestamente les había dado el dato para cometer el delito. Todo esto quedó desterrado a lo largo del proceso y se comprobó que solo fueron mentiras para entorpecer la pesquisa y la resolución judicial final.
En consecuencia, además de condenar a prisión perpetua a Bigi, el TOC N° 1 por unanimidad pidió que se abra una causa para investigar los motivos y las circunstancias que llevaron a Ibañez a fabular en la carta que entregó a la Justicia.
Claramente se descartó que Ibañez intervino en el hecho porque no se encontró ni una sola evidencia que acreditara esa versión.
“Todo indica que la carta de puño y letra confeccionada por Ibañez, vaya a saber por qué circunstancias y en qué contexto fue escrita, no es más que una coartada que ha quedado desmoronada, desde que median indicios suficientes para cuestionarla y dudar de su contenido”, sentenciaron los magistrados en su veredicto.
EL PERFIL PSICOLÓGICO DE BIGI
El informe psicológico practicado en el expediente a José Antonio Bigi determina que “presenta una personalidad con características antisociales, que lo pueden llevar a ignorar los derechos y sentimientos de los demás, señalándose que posee tendencia a hostigar, manipular o tratar a los demás con crueldad o indiferencia, sin mostrar culpa ni remordimiento por su conducta”.
“El imputado posee una forma de relacionarse que puede llegar a ser violenta e impulsiva cuando su deseo no coincide con el del otro. Registra desprecio por el bien y el mal y usa el encanto o el ingenio buscando manipular a otros para beneficio o placer personal”, señala el estudio de la perito psicóloga.
Y remarca que “el acusado ha tenido conductas delictivas con tendencia a violar repetidamente los derechos de los demás a través de la intimidación y la deshonestidad, observando en el entrevistado impulsividad, falta de planificación, hostilidad, irritabilidad importante, agitación, agresión o violencia, falta de empatía por los demás y de remordimiento por dañar a otros, añadiendo que toma de riesgos innecesarios o conducta peligrosa sin tener en cuenta la seguridad propia o de terceros, sin pensar en las consecuencias negativas de la conducta ni aprender de ellas”. (Data Trenque)