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domingo, octubre 19, 2025
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La Columna Económica por Omar Emín / Modificaciones en el Certificado MiPyME

La Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa, Emprendedores y Economía del Conocimiento, mediante la resolución 54/2025, introdujo modificaciones en el certificado MiPyME. Puntualmente, incorpora al mismo el código QR, determina una actualización anual de categorías y precisa la información sobre categorización de personas humanas.

La flamante norma incorpora un código QR al Certificado MiPyME, con el objeto de fortalecer la seguridad del instrumento que permite acreditar la condición de micro, pequeña o mediana empresa frente a la Administración Pública Nacional o ante terceros.
Dicha modificación deviene necesaria a fin de que el receptor del mencionado Certificado cuente con información actualizada en tiempo real, frente a las diversas situaciones contempladas por la normativa que se puedan presentar y que tengan impacto respecto de la validez del mismo.

La nueva norma también define un procedimiento para que las personas humanas alcanzadas por los topes de activo establecido en la Resolución 220/19, que hayan adherido al citado Régimen, proporcionen la información necesaria para su categorización. Ello teniendo en cuenta que, aunque encuadran como sujetos obligados a la presentación del Impuesto sobre los Bienes Personales, el mencionado Régimen las exime de realizar declaraciones juradas ante la ARCA, hasta el período fiscal 2027 inclusive.

Asimismo, la resolución habilita en la página web del Registro de Empresas MiPyME una plataforma para que las personas humanas que no se encuentran obligadas a la presentación de Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales puedan informar el valor del total de los activos afectados a la actividad del último ejercicio comercial o año fiscal cerrado, para efectuar un correcto análisis sobre los topes establecidos en la presente medida.

Los nuevos parámetros quedaron establecidos así:

 

Fuente: iProfesional