La Provincia de Buenos Aires de acuerdo a los preceptos constitucionales tiene la facultad para fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones a cargo de los empleadores, con facultades para entender en la fiscalización y control del cumplimiento de la normativa en materia laboral y previsional en el ámbito de la provincia.
En el marco de esas facultades se encuentra también la regulación de los requisitos necesarios para la rúbrica de la documentación laboral, que es de fundamental importancia para determinar no solo los derechos y obligaciones de las partes que componen una relación laboral y también, son de utilidad para los organismos previsionales y tributarios.
Las facultades antes expuestas no han cambiado, solo que se han establecido las condiciones y requisitos para la presentación por parte de los sujetos obligados, de libros, planillas y toda otra documentación que requiera su rúbrica y/o autorización administrativa. Así como reconocer el empleo de la firma digital reconociendo la eficacia jurídica de la misma en los términos del Código Civil y Comercial de la Nación.
Para ello se ha implementado una plataforma informática que permitirá el empadronamiento online de todos los sujetos que deban presentar trámites y utilizar servicios ante la autoridad administrativa, accesible desde su página web.
Con ese propósito se procedió a habilitar el Portal de Trabajo, plataforma digital accesible desde la página web del Ministerio de Trabajo, a través de la cual los usuarios podrán interactuar con el organismo. Habilitando también, la Ventanilla Única Digital, mediante la cual todos los empleadores con domicilio legal y/o fiscal y/o que ocupen personal que preste servicios dentro de la provincia de Buenos Aires, deberán presentar la documentación firmada digitalmente conforme lo dispuesto en las leyes y normativas reglamentarias relacionadas. También habilitar la Ventanilla Manual. Todos estos elementos serán de aplicación a partir del día 2 de septiembre de 2024.
Crear el Legajo Digital del Empleador, al cual se accederá a través del Portal de Trabajo, siendo obligación de los empleadores que ocupen personal que desarrolle tareas dentro de la provincia de Buenos Aires, realizar la debida inscripción y mantener actualizados los datos brindados.
Establecer que todos los empleadores cualquiera sea la modalidad de rúbrica que utilicen y el número de empleados que tengan, solo podrán realizar las presentaciones digitales y/o manuales, referidas en la presente Resolución, una vez que hubieren cumplido con el reempadronamiento y/o inscripción en el Legajo Digital del Empleador.
El trámite de certificación de firma está a cargo de una empresa privada y su costo asciende a $ 66.550 (incluye IVA $ 11.550) para los monotributistas, $ 96.800 (incluye IVA $ 16.800) para responsables inscriptos y $ 159.720 (incluye IVA $ 27.720) para sociedades. El mismo es válido por dos años.
Fuente: Boletín Oficial Bs. As.