Si bien en la República Argentina no hay en la actualidad una ley que establezca la obligatoriedad de la propina, existe una práctica que la instituye, convirtiéndola en una parte importante de los ingresos mensuales de quien la recibe.
Para ello se plantea la obligatoriedad de parte de las empresas prestadoras de servicios a aceptar el pago de propinas con tarjetas de débito, así como también tarjetas prepagas no bancarias u otros medios equivalentes, entendiéndose que deberán brindarles a los clientes la posibilidad de realizar las operaciones de pago a través de terminales POS.
Las propinas son la recompensa entregada espontáneamente por un tercero, destinatario de un servicio que, de esta manera, evidencia su satisfacción con la prestación.
Si bien en la República Argentina no hay en la actualidad una ley que establezca la obligatoriedad de la propina, existe una práctica no escrita que la instituye, convirtiéndola en una parte importante de los ingresos mensuales de quien la recibe.
«Con este proyecto se pretende por un lado bancarizar las propinas, y por el otro paliar de manera más sutil la falta de registro de quienes trabajan bajo esta modalidad. Esto se debe a que aceptando las terminales POS de manera obligatoria, los locales deberán registrar a sus trabajadores dado que son ellos los que van a percibir el pago de sus propinas», destacó Buil.