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domingo, junio 29, 2025
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Asignaciones Extraordinarias de Carácter No Remunerativo para el Personal del Régimen de Trabajo Agrario y Servicio Doméstico

Por Omar Emín

Personal del Régimen de Trabajo Agrario

La Resolución n° 216/19 de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario fijó una asignación extraordinaria de carácter no remunerativo de Pesos cinco mil ($ 5.000,00), para el personal que se desempeña en las actividades Avícola, Porcina, Conductor Tractorista Maquinista de Máquinas Cosechadoras y Agrícolas que se desempeñen exclusivamente en las tareas de Recolección y Cosecha de Granos y Oleaginosas, Aplicación de Productos Fitosanitarios, y el Personal Permanente de Prestación Continua comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley Nº 26.727 y su Decreto Reglamentario Nº 301/13, en el ámbito de todo el país, la cual se abonará conforme se detalla a continuación:

– Pesos mil seiscientos sesenta y siete ($ 1.667,00), con las remuneraciones del mes de Octubre de 2019.

– Pesos mil seiscientos sesenta y siete ($ 1.667,00), con las remuneraciones del mes de Noviembre de 2019.

– Pesos mil seiscientos sesenta y siete ($ 1.667,00), con las remuneraciones del mes de Diciembre de 2019.

Los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario se comprometieron a efectuar una reunión en el mes de Enero de 2020, para la revisión de estas sumas en concordancia con los cambios que puedan producirse en la situación económica.

 

Personal del Régimen de Servicio Doméstico

Con el dictado de la resolución n° 4/19, se estableció una asignación extraordinaria no remunerativa para el personal comprendido en el régimen de servicio doméstico, en el ámbito de todo el país, la cual será abonada conforme se detalla a continuación:

– PESOS TRES MIL ($ 3.000,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de más de 16 horas, pagadero en dos cuotas de PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1500,00) durante los meses de Octubre y Diciembre de 2019.

– PESOS UN MIL QUINIENTOS ($ 1.500,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de menos de 16 horas y más de 12 horas, pagadero en dos cuotas de PESOS SETECIENTOS CINCUENTA ($ 750,00) durante los meses de Octubre y Diciembre de 2019.

– PESOS UN MIL ($ 1.000,00), para el personal que cumpla una jornada semanal de menos de 12 horas, pagadero en dos cuotas de PESOS QUINIENTOS ($ 500,00) durante los meses de Octubre y Diciembre de 2019.