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jueves, enero 23, 2025
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«Los equipos de aplicación terrestre no podrán circular por centros poblados»

La Secretaría de Medio Ambiente recuerda el decreto vigente y el procedimiento que se debe seguir en caso de que hacerlo sea de necesidad, debidamente fundamentada

 

La Secretaría de Medio Ambiente municipal informa a los propietarios de máquinas aplicadoras terrestres de agroquímicos que, de acuerdo a lo establecido por el Decreto 499/91 de la Provincia de Buenos Aires, “los equipos de aplicación terrestre no podrán circular por centros poblados. En caso de extrema necesidad, podrán hacerlo sin carga, limpios y sin picos pulverizadores”.

Ante tal necesidad, debidamente fundamentada, deberá llevarse a cabo el siguiente procedimiento:

  • En caso que se requiera ingresar un equipo con fines de reparaciones en caso fortuito y de fuerza mayor, deberá solicitar autorización al municipio, por escrito, detallando datos del propietario, características del equipo y patente. Deberá contar con la aprobación correspondiente antes de ingresar, considerando un plazo que se otorgará de acuerdo a la situación descripta.
  • En todos los casos se deberá vaciar el tanque y lavar el equipo con el objetivo de evitar pérdidas de líquidos y/o emanaciones de olores.

Para más información consultar a: medioambiente@villegas.gov.ar. Teléfonos: 03388- 420043/ 15414487.