Por Omar Emín
El gobierno bonaerense presentó una serie de medidas tributarias, de financiamiento y de asistencia para sostener el empleo, destinadas a sectores productivos que fueron afectados por la pandemia.
El detalle de las medidas anunciadas es el siguiente:
1. Programa de Asistencia Tributaria de Emergencia
1.1 Reducción de Alícuota de los Regímenes de Retenciones y Percepciones – ARBA
Dado que la pandemia afecta seriamente los ingresos y la liquidez de muchos contribuyentes, ARBA modifica los mecanismos de recaudación anticipada de los Ingresos Brutos a través de los regímenes de percepción y retención, para dar margen financiero a las empresas más afectadas.
El objetivo es tomar menos deducciones con relación al impuesto a pagar, así como disminuir la generación de saldos a favor y el capital de trabajo de las empresas más afectadas, en ciertos casos.
Requisitos
Ser persona humana o jurídica contribuyente de IIBB con actividad en la Provincia de Bs. As., estar inscripto en el Registro ActiBA, tener una facturación en el país menor a 1 millón de pesos durante 2019, tener ingresos afectados por la pandemia y no tener incumplimientos ni indicios de evasión.
El beneficio lo otorga de oficio ARBA en función del análisis de la situación del contribuyente, sus niveles de cumplimiento y la acción de los regímenes de recaudación.
1.2 Beneficio Financiero a los Agentes de Recaudación ARBA
Se crea un plan que permitirá a los agentes regularizar sus deudas por omisión, que son las deudas que tienen los agentes por no haber actuado como tales cuando les correspondía, o bien por haber aplicado alícuotas de recaudación menores a las que debían aplicar.
Por otro lado, se lleva el vencimiento del Régimen General de Percepciones, en la modalidad de lo percibido, de un esquema de vencimientos quincenal a uno mensual.
Requisitos
Para el plan de pagos: tener deudas por omisión de agente y estar inscripto en el registro Buenos Aires ActiBA y para el resto de los beneficios: ser agente del Régimen General de Percepciones.
1.3 Compensación de Impuestos Provinciales ARBA
Esta medida permite a los contribuyentes de Ingresos Brutos con saldos a favor aplicar esos saldos a la cancelación de deudas de los impuestos Automotor e Inmobiliario y eleva a $300.000 el monto para las devoluciones automáticas de saldos a favor.
Requisitos
Ser persona humana o jurídica contribuyente de IIBB con actividad en la Provincia de Buenos Aires, no tener incumplimientos ni indicios de evasión y tener saldo a favor en IIBB.
1.4 Plan de Pagos COVID-19 ARBA
El plan está orientado a la cancelación de deudas por impuestos generados durante el corriente año, atendiendo a las dificultades económicas y financieras que produce la pandemia, con 60 días de período de gracia, 12 cuotas sin interés o 18 cuotas con tasa fija.
Requisitos
Ser persona humana o jurídica con actividad en la Provincia de Buenos Aires, estar inscripto en el Registro ActiBA y tener ingresos afectados por la pandemia.
1.5 Bonificación de Ingresos Brutos ARBA
Se trata de un alivio fiscal para contribuyentes afectados por la pandemia como:
• Comercios y servicios como peluquerías, centros de estética, venta de indumentaria y otros comercios barriales que no pudieron desarrollar sus actividades
• Otras actividades que, si bien pudieron trabajar, tuvieron importantes limitaciones en su funcionamiento e ingresos como es el caso de la gastronomía y los servicios de enseñanza
• Actividades culturales y deportivas que implican la concurrencia de personas y por lo tanto no pudieron desarrollarse. Éste es el caso, entre otros, de los espectáculos teatrales, musicales, artísticos y deportivos
• Servicios relacionados con el turismo. Este sector, junto a la cultura y los espectáculos deportivos serán los más afectados por la pandemia. Dentro de la actividad se enmarcan los servicios de alojamiento, transporte, agencias de viaje, etc.
• Actividades vinculadas a la construcción: La merma en la construcción en toda la Provincia sumada al ASPO en el AMBA implicó que éste fuera uno de los sectores más afectados por la pandemia.
Beneficios
Bonificación del 15% en el impuesto a los Ingresos Brutos por el resto del 2020 por los ingresos declarados en actividades afectadas y bonificación adicional del 35% (totalizando un 50%) para las empresas afectadas que cumplan las condiciones para ser MiPyMEs.
Requisitos
Ser persona humana o jurídica contribuyente de IIBB con actividad en la Provincia de Buenos Aires, estar inscripto en el Registro ActiBA, haber declarado ingresos significativos en actividades alcanzadas por el beneficio entre abril 2019 y marzo 2020, el incremento de la base imponible declarada en los anticipos de los meses de abril y mayo del año 2020, resultante de la acumulación de ambos, no debe superar el cinco por ciento (5%) respecto del mismo período acumulado del año 2019 y para acceder a la bonificación adicional, cumplir con las condiciones para ser considerada MiPyME.
1.6 Extensión de Planes Generales de Pago ARBA
Extensión de los planes de pago vigentes en ARBA para abarcar deudas devengadas o vencidas hasta el 31/5/2020, para todos los contribuyentes de la Provincia de Buenos Aires con deudas devengadas hasta mayo de 2020.
2. Programa de Preservación del Trabajo
La asistencia económica consiste en una prestación dineraria no reembolsable asignada a los trabajadores en forma individual, la que no podrá superar el 50% del valor del SMVM al momento del otorgamiento, la misma se establece en $ 8.500 por un período inicial de 3 meses, prorrogables hasta un máximo de 12 meses o mientras dure la emergencia sanitaria, social y económica si su plazo fuera menor.
Requisitos
Cumplimiento de las condiciones de acceso al beneficio e inscripción en el registro Buenos Aires ActiBA.
3. Programa de Asistencia Financiera COVID-19
3.1 Préstamo EVOLUCIÓN BAPRO
Empresas que se encuentren radicadas en la Provincia de Buenos Aires y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires con un cupo máximo de $5.000 millones de pesos, con las siguientes condiciones: destino de los fondos: Capital de Trabajo, tasa 35% fija, período de gracia para el pago del capital: 3 meses, plazo y forma de pago: 12 meses, aplicándose el sistema de amortización alemán, con periodicidad mensual, monto máximo por beneficiario: $5.000.000, comisión exenta y garantía: a satisfacción del Banco.
Requisitos
Inscripción al registro Buenos Aires ActiBA.
3.2 Tarjeta PACTAR – BAPRO y 3.3 Programa Compre Bonaerense BAPRO
De acuerdo a condiciones específicas previamente estipuladas.
4. Fondo Especial Municipal para la Asistencia de Sectores Turísticos y Culturales
Este fondo se destinará a los municipios para asistir a dos de los sectores más afectados por la pandemia, la Cultura y el Turismo, ambos con necesidad de inversión para adecuar su infraestructura a los nuevos protocolos sanitarios.
Cada municipio deberá seleccionar qué empresas, prestadores y emprendimientos culturales y turísticos serán los beneficiarios. Se trata de dos sectores que, además de la imposibilidad de funcionar desde el inicio de la pandemia, hoy sufren la incertidumbre sobre el flujo de sus ingresos futuros.
Este fondo municipal tendrá un total de 300 millones de pesos y estará destinado a financiar gastos de mantenimiento y reacondicionamiento de los locales y espacios, y a la compra de insumos, materiales y equipos necesarios para el reinicio de sus actividades.
Fuente: iProfesional