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sábado, diciembre 14, 2024
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Ganancias y Bienes Personales prórroga para presentación y pago

Por Omar Emín

La Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó por más de 15 días los plazos para que las personas físicas presenten sus declaraciones juradas y paguen los saldos correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales, la medida también alcanza al vencimiento del impuesto cedular.

Las decisiones de la AFIP buscan facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio. La presentación de las declaraciones juradas y el ingreso del saldo resultante de ambos impuestos estaba prevista originalmente para mediados de junio. Con esta medida el organismo concreta una segunda prórroga de los vencimientos y beneficia a 2 millones de contribuyentes.

Las obligaciones correspondientes al período fiscal 2019 podrán cumplirse hasta las fechas que, según la terminación de la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) del contribuyente, se indican en los cuadros que acompañan esta publicación.

La medida que será publicada en el Boletín Oficial forma parte del conjunto de herramientas ofrecidas por la AFIP para facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) prorrogó hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, el plazo para la presentación de las declaraciones juradas informativas correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2019.

La Resolución General que será publicada en el Boletín Oficial, tiene como objetivo facilitar el cumplimiento de los contribuyentes así como el trabajo de los profesionales de ciencias económicas en el marco del aislamiento, social preventivo y obligatorio.

La normativa eleva de 1.500.000 hasta 2.000.000 de pesos el umbral de ingresos y rentas a partir del cual los contribuyentes deben presentar las declaraciones juradas informativas correspondientes a los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales para el período fiscal 2019.

La AFIP estableció que hasta el 31 de agosto, inclusive, no se considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER) de cada persona humana al momento de tramitar planes para regularizar obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2019.

Esta medida excepcional garantiza, a todas las personas humanas que lo soliciten, la posibilidad de regularizar sus obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas sin verse condicionadas por su perfil de riesgo, señalan desde la AFIP.

La medida se oficializó a través de la resolución general 4758, se dispuso que las personas humanas y sucesiones indivisas podrán pagar, en todos los casos, el saldo de sus declaraciones juradas del impuesto a las ganancias y sobre los bienes personales con un pago a cuenta del 25% y el saldo restante en tres cuotas.

Fuente: iProfesional