El Municipio de General Villegas, a través de la Secretaría de Producción y Medio Ambiente, recuerda a los vecinos la vigencia de la ordenanza municipal N° 5760/2016 que en su artículo 68° establece que por arrojar a la calle aguas servidas se aplicará una multa de 100 a 1000 UF. La advertencia está dirigida a los habitantes de la ciudad cabecera que arrojan, desde sus viviendas, aguas servidas y desagotes de piletas hacia la vía pública en forma permanente.
Asimismo, se pone en conocimiento a la comunidad que permanentemente se reciben en las distintas dependencias reclamos de vecinos y contribuyentes por el incumplimiento de determinadas normas que alteran la normal convivencia y propician situaciones conflictivas entre los vecinos.
Igualmente, se observan hechos e incumplimientos de la normativa vigente en desmedro de la salubridad y seguridad de la población.
El establecimiento de sanciones para determinadas conductas es una facultad comprendida por el Municipio y tiene por objeto intrínseco regular las relaciones vecinales y propender a una normal convivencia en el ámbito del Partido de General Villegas.