El proyecto será presentado por el FdT en el Senado bonaerense con la presencia de Roberto Feletti, secretario de Comercio Interior.
Mientras el gobierno bonaerense define los detalles del programa con el que relevará los precios en los comercios, los legisladores bonaerenses del Frente de Todos apuran un proyecto de ley para darle facultades a los 135 intendentes para fiscalizar que las canastas lanzadas por la Secretaría de Comercio Interior, a cargo de Roberto Feletti, se cumplan en cada distrito y aplicar sanciones de ser necesario.
El proyecto, que lleva el nombre «Precios Justos» será presentado formalmente este miércoles, a las 18, por el bloque de senadores del FdT que preside Teresa García, el senador Francisco «Paco» Durañona -autor del proyecto- y el propio Feletti, que ya participó la semana pasada del lanzamiento del paquete de medidas anti inflación puestas en marcha por Kicillof.
De acuerdo a lo que publicó el medio Tiempo Argentino, la iniciativa busca que los 135 municipios bonaerenses puedan llevar el control de precios en su territorio y sancionar en caso de detectar abusos o incumplimiento de acuerdos. Esta es una de las trabas que esgrimen en la actualidad los jefes comunales, en especial los de la oposición, para poder ejercer la fiscalización de los acuerdos firmados por el gobierno nacional en supermercados y comercios de cercanía.
De acuerdo a lo que publicó el medio Tiempo Argentino, la iniciativa busca que los 135 municipios bonaerenses puedan llevar el control de precios en su territorio y sancionar en caso de detectar abusos o incumplimiento de acuerdos. Esta es una de las trabas que esgrimen en la actualidad los jefes comunales, en especial los de la oposición, para poder ejercer la fiscalización de los acuerdos firmados por el gobierno nacional en supermercados y comercios de cercanía.
En efecto, el proyecto modifica la ley 13.133, el Código Provincial de Implementación de los Derechos de los Consumidores y Usuarios, y establece que «las disposiciones serán aplicables, en cuanto sea pertinente, a las infracciones enmarcadas en la Ley Nacional N° 20.680 del Régimen de Abastecimiento y a la ley Nacional N° 27.642 de Promoción de la Alimentación Saludable, así como sus normas modificatorias y complementarias, facultando a los municipios a la inspección, el juzgamiento y sancición de las mismas, sin perjuicio de los mecanismos establecidos en cada caso por la Autoridad de aplicación y en coordinación con los órganos que correspondan».
También introduce cambios en el artículo 73 del Código y fija una serie de sanciones que van desde apercibimiento, multa de 10 mil pesos a 10 millones de pesos; decomiso de la mercadería; clausura del establecimiento por hasta 30 días; suspensión de hasta 5 años en los registros de proveedores que posibilitan contratar con elEstado y la «pérdida de concesiones, permiso, habilitación, licencia, privilegios, regímenes impositivos o crediticios especiales de que gozare».