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viernes, diciembre 13, 2024
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El derecho a la intimidad no es un tema menor

Pensar en el concepto de ciudadanía implica pensar en el derecho de informar y de ser informado, de hablar y ser escuchado, ser visible tanto en el espacio individual como en el colectivo.

La infancia, más que ningún otro grupo social, necesita ser nombrada y visibilizada para garantizar la protección de sus derechos, pero también reconocida como un colectivo social que interpela al Estado, a los medios y a la sociedad.

Según la propia UNICEF, «el tratamiento de la infancia y la adolescencia en medios de comunicación es uno de los aspectos más complejos», porque es un eje transversal a muchos temas: violencia, abuso, pobreza, explotación sexual y laboral, educación, salud, discapacidad y sexismo, entre otros.

Cada día se publican noticias, informaciones y coberturas que no contemplan una mirada de derechos. En algunas oportunidades, la falta de recursos o capacitación atenta con el tratamiento responsable de los temas y problemas de los chicos.

Tanto como señala la Convención de los Derechos sobre el Niño, que en Argentina tiene rango constitucional, ningún niño puede ser objeto de injerencias en el tratamiento de los datos personales.

En la Argentina, el tratamiento de esos datos y su protección, están regulados por ley. Tanto la ley 25.326 de Protección de los Datos Personales, sancionada en octubre del año 2000, como el nuevo Código Civil y Comercial Ley N°26994, vigente desde el 1° de agosto de 2015, regulan los derechos vinculados a la titularidad y difusión de los datos personales.

En muchas ocasiones, surge la pregunta sobre «el interés público de la noticia» y cuándo se justifica la difusión de datos, referencias o situaciones donde hay chicos involucrados. Esto sucede, por ejemplo, en notas periodísticas en las que son tratados como objetos o como beneficiarios del asistencialismo.

La respuesta no es tan difícil de encontrar. La libertad de prensa otorga derechos pero está limitada por la vulneración de los derechos, sobre todo cuando se trata del niño y del adolescente como sujeto de derecho. Cuando entran en conflicto los derechos de los chicos con el derecho a la información, debe hacerse un análisis profundo del tema en el medio, editor o informador y hacer valer por sobre todo, el principio del interés superior del niño.

La exposición ante la sociedad, argumentando su protección, es un hecho de violencia que debería resolverse en primer lugar intrafamiliarmente, ser denunciado y tratado cada caso con equipos interdisciplinarios: médicos, psicólogos, asistentes sociales y por supuesto, con el Estado y la Justicia como garante de esos derechos. Pero, en todos los casos, para protegerlos y no para exponerlos.

Es cierto que las redes de contención a veces no alcanzan. A veces porque faltan recursos humanos, otras porque se recortan presupuestos y en otras ocasiones porque los equipos están compuestos por personas que pueden ser falibles y cometer errores.

Cómo es la tarea de la Dirección de Niñez y Adolescencia

La Dirección de Niñez y Adolescencia, depende de la Secretaría de Desarrollo Social, que tiene a cargo un amplio abanico de instituciones y programas para acompañar la infancia y  la adolescencia.

CIUDAD CABECERA

UDI de 45 días a 3 años:

  • Se brinda estimulación, cuidado y protección desde una mirada formada por docentes y estudiantes para brindar lo mejor en esos primeros años tan importantes.
  • Cuenta con servicio alimentario (almuerzo).
  • Recibe alrededor de 50 niños. Algunas familias llevan a sus niños/as por razones laborales y otras, de mayor vulnerabilidad, requieren el acompañamiento institucional.

Envión

  • De 12 a 21 años.
  • Programa de responsabilidad social. Actualmente son 58 adolescentes que requieren de este espacio para un mayor acompañamiento en sus vidas. Con tres ejes fundamentales: salud, educación y trabajo.
  • El equipo interdisciplinario está conformado por docentes, psicopedagoga y psicóloga, quienes realizan las articulaciones correspondientes para garantizar sus derechos.

Hogar Convivencial

Niños y adolescentes de 0 a 18 años.

Se recibe a niños o adolescentes que, por alguna situación particular, han tenido que ser separados de su familia, en el marco de una medida excepcional de abrigo. Actualmente son 8 NNA y 14 cuidadores.

Es un hogar, es su casa, y para eso se trata de mantener una vida lo más cercana a la de cualquier otro niño.

Cuentan con una sala de juegos, una sala de estudio y un patio enorme con juegos. Además de la educación formal, cuentan con actividades extracurriculares en clubes de la ciudad.

PUEBLOS DEL PARTIDO

Emilio V. Bunge: Hogar de Día Caritas Felices

Brinda servicio de desayuno, merienda, apoyo escolar y espacios ocio recreativos para el uso de todos los niños y familias que lo requieran.

Banderaló: Escuelita de Banderaló

Con aproximadamente 25 beneficiarios. Se brinda servicio de merienda, apoyo escolar, ocio y esparcimiento a niños de nivel primario.

SERVICIO LOCAL

El Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes está conformado por un equipo interdisciplinario integrado por:
Coordinadora: Celeste Ferrero, abogada;  Carlos Márquez, abogado; Carolina Becq, psicóloga; Natalia Garbero, psicóloga social y Agostina Ruiz, trabajadora social.

Este equipo interdisciplinario realiza el abordaje de los casos de NNyA en situación de vulneración de derechos, que ingresan por diversas vías.

Los ingresos más frecuentes son por medio de denuncias en Comisaría de la Mujer, además de escuelas, hospital y demandas espontáneas de vecinos que se acercan.

Conforme a la Ley provincial 13.298, el servicio cuenta con una guardia que garantiza la atención las 24 horas del día.

Tal como prevé la ley, es competencia del Servicio proteger los derechos de todos los NNyA del partido, haciendo uso para eso de todos los recursos del Estado para evitar la separación de sus familias.

Cuando no son garantizados sus derechos en la familia de origen, se abre el juego hacia su familia ampliada, para luego pensar, como última instancia en lo institucional, en caso de que se continúe la situación de vulneración.

En este caso, se trata de una situación excepcional, que es sometida a control de legalidad por el Juzgado de Familia competente.

Antes de llegar a esta instancia, se debe haber realizado un recorrido de estrategias, metas y objetivos a mediano y corto plazo, que irán trazando en cada caso en particular.

Es de destacar que cada ocasión es personalísima, pues cada niño es único e irrepetible, por lo cual, las estrategias para restituir sus derechos, lo es también.

LAS CIFRAS DE LA REALIDAD

En lo va del 2022 se han atendido en General Villegas, como mínimo, 28 casos de abuso sexual, se tomaron 17 abrigos, más de 100 casos de violencia familiar, violencia entre pares, deserción escolar e intento de suicidio, entre situaciones de riesgo.

El Programa operadores de calle cuenta con 3 operadores en ciudad cabecera y 3 más para todos los pueblos del partido.

Otro de los temas álgidos y difíciles sobre los que se ha trabajado es en la prevención del suicidio, a través de la creación de un Protocolo de prevención y atención específica a la problemática, a través de un protocolo creado por Ordenanza N° 6180, del que participaron activamente personas del Grupo Renacer de General Villegas.

De la misma manera, en relación al bullying, a través de una Ordenanza, se están realizando campañas con capacitación para educadores y padres.

La batalla por expedientes que duermen

Una de las grandes batallas que se dan desde los equipos es con el Poder Judicial, para que se cumplan los tiempos que prevé la ley y que no se duerman los expedientes que deben resolver la situación legal de NNyA.

Esta lucha, enmarcada en el principio de corresponsabilidad del Servicio con las Instituciones (Juzgado de Paz, Juzgado de Familia del DJ Trenque Lauquen, Asesorías, Fiscalías, escuelas, entre otras), teniendo en cuenta que se habla de un sistema de promoción y protección de derechos, que excede al servicio local.

Quizá una de las acciones que más quejas provoca es la articulación permanente que debe existir con el rango superior de Desarrollo Social, para dar cobertura a las necesidades básicas de las familias en estado de vulnerabilidad, que les permita continuar con el cuidado de sus hijos.

Dr. Rómulo Abregu, Asesor de Incapaces del DJTL

Sobre el tratamiento de la problemática de la minoridad en los medios, el Dr. Abregú manifestó que «hace falta entrenamiento y, a veces, por querer hacer o por querer informar sobre determinadas cuestiones, se complica el trabajo con el menor» y agrega que «se saca una noticia creyendo que se pone el problema en la mesa y lo único que se consigue es lesionar a esa persona en formación. Hay que tener cuidado, por querer ayudar, a veces se complican las cosas.»

Recomendación del Servicio Local

En tanto, el Servicio Local de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y la Dirección de Niñez y Adolescencia de la Municipalidad de General Villegas recuerda que:

– La identidad y la imagen de los niños están bajo estricta protección legal. Como ya expresó el CONACAI (Consejo Asesor de la Comunicación Audiovisual y la Infancia), los derechos del niño y de su familia rigen como para cualquier otra, e incluyen la privacidad y la intimidad.

– Las circunstancias de la familia y allegados, pasadas y presentes, deben ser protegidas de la difusión pública. La Ley N.º 26.061, de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes, dispone que chicas y chicos que atraviesen situaciones críticas o conflictivas no sean expuestas en los medios, porque esa exposición no hace más que entorpecer y hasta impedir su recuperación.

– La revelación de trascendidos o rumores sobre vulneraciones de las que un niño haya sido víctima es por lo tanto una violación a esa norma, que a su vez está incorporada a la Ley N.º 26.522, de Servicios de Comunicación Audiovisual.

– Esta misma Ley previene sobre el impacto negativo en la sociedad de los tratamientos periodísticos que usen la morbosidad y detalles truculentos, así como sobre el daño que versiones de esa clase causan a las víctimas, en especial personas menores de edad.

– Las situaciones vividas por muchos niños son objeto de investigación. Esta revelación de rumores y trascendidos pueden constituirse en un entorpecimiento al esperado avance de ese trabajo de investigación.

– Los medios de comunicación pueden contribuir a informar sobre problemas, conflictos y desigualdades sociales, enfocándolos en su conjunto, investigando los factores que los causan y buscando fuentes que propongan formas de superarlos, una tarea necesaria para la ciudadanía que sin embargo no necesita avasallar los derechos de las personas involucradas.

«…Si el niño hubiese sido mayor…»

Hay una especie de morbo descarnado de muchos vecinos por mostrar y hacer notar, por llamar a los medios antes de acudir a servicios de emergencia, que derivan en una innecesaria exhibición de situaciones e imágenes de niños que seguramente, si el niño hubiese sido mayor, jamás hubiese autorizado.

Y volvemos al principio: derecho personalísimo a la identidad. Y una pregunta que queda flotando para que cada uno respondamos. Si nos encontráramos con un chico lastimado o hambriento ¿Qué haríamos inmediatamente?