Vos me contás, yo te creo…
Si sospechás o conoces algún caso de abuso sexual en la infancia, tenés la obligación de denunciarlo.
- Llamá al 137.
- Denuncias Comisaría de la Mujer – Celular: +5493388 451512.
- + INFO Servicio Local celular: +5493388 456455.
Plan contra el abuso sexual en la infancia
¿QUÉ ES ABUSO SEXUAL EN LA INFANCIA?
El abuso sexual ocurre cuando un Niño, Niña o Adolescente es utilizado para la estimulación sexual de su agresor/a (un adulto/a conocido/a o desconocido/a, un/a pariente u otro/a niño/a o adolescente) o la gratificación de un observador/a. Abarca a toda interacción sexual en la que el consentimiento no existe o no puede ser dado, independientemente de si el Niño o Niña entiende la naturaleza sexual de la actividad e incluso cuando no muestre signos de rechazo, haya o no contacto físico.
Constituyen abuso sexual las siguientes conductas:
- Comentarios y actitudes intrusivas sexualizadas, como efectuar comentarios lascivos e indagaciones inapropiadas acerca de la intimidad sexual de un Niño, Niña o Adolescente.
- Manoseos, frotamientos, contactos, por arriba o debajo de la ropa.
- Exhibicionismo y voyeurismo, masturbación a la vista del Niño, Niña o Adolescente.
- Exhibición de pornografía.
- Incitación a la realización de actos de índole sexual entre Niño, Niña o Adolescente la toma de fotografías o videos en poses sexuales, para consumo propio o comercialización.
- Incitación a que se masturben, realización de besos sexuales (el/la agresor/a utiliza la boca o la lengua para lamer o chupar la boca o partes del cuerpo del Niño, Niña o Adolescente).
- Coito interfemoral (entre los muslos), penetración sexual o su intento por cualquier vía y con cualquier parte del cuerpo u objeto.
- Reproducción de cualquiera de estas acciones por carta, teléfono, mensaje de texto y redes sociales (grooming).
- Explotación sexual comercial, forma de abuso sexual sistemática, a la que se suma la explotación económica por la existencia de intermediarios que lucran con su explotación.
PAUTAS DE ALARMA – INDICADORES
Indicadores físicos específicos
- Lesiones en zona genital y/o anal.
- Sangrado por vagina y/o ano.
- Inflamaciones, enrojecimiento y lesiones por rascado (asociadas a hallazgos anteriores).
- Marcas de dientes u otros signos traumáticos como laceraciones o equimosis de la vulva.
- Infecciones genitales o de transmisión sexual (sífilis, VIH -HIV / sida- no preexistente al momento del nacimiento, hepatitis B, gonococcia).
- Flujo vaginal patológico, con presencia de gérmenes no habituales (clamidia, tricomonas) en la flora normal de la niña o adolescente.
- Condilomas por HPV vaginal y bucal.
- Embarazo.
Indicadores físicos inespecíficos
- Trastornos de la alimentación (bulimia y anorexia nerviosa, en especial cuando se asocian).
- Fenómenos regresivos como la enuresis (remisión involuntaria e inconsciente de orina, generalmente nocturna) y encopresis (incontinencia de materia fecal) en niños/as que ya habían logrado el control de esfínteres.
- Infecciones urinarias repetidas sin causa orgánica o externa identificable.
- El flujo vaginal (en las niñas no es normal, especialmente en las pre-púberes).
- Indicadores psicológicos altamente específicos.
- La revelación por parte del niño, niña o adolescente de haber sido objeto de abusos sexuales.
- Síndrome de estrés postraumático (cuando no haya padecido enfrentamiento a la muerte o a un accidente grave de acuerdo al DSM V -Manual diagnóstico y estadístico de los trastornos mentales-).
Indicadores psicológicos compatibles con probable abuso
- Conductas hipersexualizadas y/o autoeróticas.
- Masturbación compulsiva.
- Variantes peculiares de los juegos de “médicos”, “los novios” o “el papá y la mamá”.
- Utilización de la fuerza física o la coerción psicológica para conseguir la participación de otras Niño, Niña o Adolescente en los juegos sexuales.
- Juegos sexuales con otros Niños o Niñas mucho menores, o que están en un momento evolutivo distinto.
- Acercamientos peculiares a los/as adultos/as (tratar de tocar u oler los genitales del adulto).
- Acomodarse sobre un adulto/a en la cama y simular movimientos de coito.
- Pedir que le introduzcan o tratar de introducir la lengua al besar.
- Conocimientos sexuales inusuales para la edad.
- Promiscuidad sexual, prostitución o excesiva inhibición sexual (en adolescentes).
¿QUIÉNES DEBEN REALIZAR LA DENUNCIA Y COMUNICACIONES LEGALES?
Obligación de denunciar
Tienen obligación de denunciar el abuso contra un Niño o Niña los funcionarios o empleados públicos que tomen conocimiento del delito en ocasión del ejercicio de sus funciones (Código Procesal Penal de la Provincia de Buenos Aires), los representantes legales y los obligados por alimentos del Niño o Niña, y en general cualquier persona que desde el ámbito público o privado hayan tomado conocimiento de aquella situación (ley 12.569).
Comunicación al Servicio de Promoción y Protección
Los funcionarios o empleados públicos que tomen conocimiento del abuso, tanto como los familiares, responsables o allegados de los Niño, Niña o Adolescente, o terceros que tengan conocimiento del delito, deberán comunicar la situación al Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos (ley 12.807 y 13.298).
¿Dónde realizar la denuncia?
La denuncia podrá hacerse efectiva ante la Unidad Fiscal de Investigación (UFI) especializada en la materia de delitos contra la integridad sexual, si existiera en la jurisdicción.
En caso contrario en la competente o la de turno. Todas las UFIs dependen del Ministerio Público de la Provincia de Buenos Aires (www.mpba.gov.ar/miav).
Cuando no sea posible realizarla en la Fiscalía competente, podrá formularse ante la Comisaría de la Mujer y la Familia (donde se puede solicitar la presencia y/o intervención del Equipo Interdisciplinario Profesional -EIS-).
También puede efectuarse en cualquier Comisaría Zonal del Ministerio de Seguridad.
En ningún caso es admisible la negativa o demora en la toma de la denuncia, ni se requerirá asistencia letrada.
¿Cómo realizar la denuncia?
La misma podrá ser realizada en forma verbal o escrita.
Una vez realizada la denuncia, podrá conocerse la Unidad Fiscal de Investigación (UFI) interviniente ingresando en el link https://www.mpba.gov.ar/seguimiento y completando los datos allí requeridos.
Para más información consultar el Protocolo Provincial de Prevención, Detección y Abordaje del Abuso Sexual hacia Niños, Niñas y Adolescentes vigente, en www.gba.gob.ar/ASI.
Su aplicación es obligatoria en la Provincia de Buenos Aires.