22 C
General Villegas
miércoles, diciembre 11, 2024
spot_img

La Columna Económica por Omar Emín / Novedades para el servicio doméstico

spot_img

A través de la resolución 4/2023 emitida por la Comisión Nacional de Trabajo de Casas Particulares, se oficializó el aumento de sueldos del 36% para el personal del servicio doméstico para el trimestre julio-septiembre de 2023.

Los aumentos se escalonarán de la siguiente manera: 20% para el mes de julio, 8% para el mes de agosto y 8% para el mes de septiembre. Por lo tanto, una vez liquidado el trimestre, el personal doméstico percibirá un básico mensual de 129.669.55 pesos para el personal con retiro y de 144.191 pesos para el personal sin retiro, siempre que cumplan con 8 horas de trabajo, circunstancia que no es muy habitual para un mismo empleador en el servicio doméstico. En tanto que la hora de tareas será de 1.056 pesos para las empleadas con retiro y de 1.139 pesos sin retiro.

Asimismo, desde el 1 de junio, en el caso de despidos sin causa, el personal de casas particulares tiene derecho a cobrar la prestación por desempleo en las mismas condiciones que el resto de los asalariados. Hasta ahora, para tener acceso a la cobertura efectiva previsional, incluyendo invalidez y fallecimiento, las trabajadoras de casas particulares debían haber aportado por el monto fijado en la categoría «16 horas o más». En el caso de presentar aportes parciales (menos de 12 horas o entre 12 y 16 horas semanales), debían hacer «aportes voluntarios» para completar la suma requerida de las 16 o más horas. Este aporte voluntario se elimina hacia delante y por los períodos anteriores se establece una especie de «moratoria», con el descuento de la deuda del haber previsional.

La Prestación económica mensual tiene un componente máximo de $40.733,88 y uno mínimo de $24.440,33 (dependiendo del Salario Percibido), valores que se actualizan con el Salario Mínimo, Vital y Móvil. Durante el cobro de este seguro, que depende de los meses aportados, se mantiene la cobertura de la obra social y el pago de asignaciones familiares. El monto y la cantidad de cuotas varían entre 2 y 12 y se calculan según los ingresos y meses trabajados (con aportes) durante los últimos 3 años. Las trabajadoras y los trabajadores mayores a 45 años cobran durante 6 meses más.

Los empleadores alcanzados por Ganancias pueden computar las remuneraciones y las contribuciones patronales del personal de casas particulares como deducciones de la base imponible del impuesto a las ganancias. El límite anual del monto deducible es igual al de la ganancia no imponible.

Fuente: iProfesional

 

spot_img