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General Villegas
jueves, octubre 3, 2024

Abigeato esclarecido por el CPR

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El Jefe del Comando de Prevención Rural (CPR) local, comisario Gustavo Aragundi, informó un caso de Abigeato en la zona rural de Emilio V. Bunge, que resultó esclarecido.

La denunciante había sido Mónica Primo y los imputados son Enzo Maximiliano García y Julio César COZ, ambos mayores de edad.

El informe oficial enviado por Aragundi dice, en forma textual:

Fecha, 09-04-24 Dcio. Primo, Monica Susana en carácter de propietaria Est. Rural “La Curva” sito a 40 km. De Gral. Villegas, cuartel XI de Emilio V. Bunge, destinado a la cria de Animales Ovinos, que dia fecha al apersonarse a dicho Est. Constata la sustraccion de dos Corderos, lanar blanco, sin señal, de 15 Kg., quedando en el lugar un tercer ovino muerto a raiz de golpe en la cabeza.

A raiz de tareas investigativas por parte personal de este CPR se determina autoría del ilícito por parte de los imputados Garcia y Coz (demás datos ut supra), solicitando medidas de allanamiento.

Que consecuentemente dia fecha 11/04/2024, se llevan a cabo dos órdenes de registro en la localidad de Emilio V. Bunge, siendo

*OBJETIVO N°1 Dlio. JULIO CESAR COZ (San Genaro y Garibaldi), resultado POSITIVO, procediendo al secuestro de calzado utilizado en el hecho investigado. Respecto a JULIO CESAR COZ, procediendo a notificar art. 60 por delito de ABIGEATO.

*OBJETIVO N°2: Dlio. ENZO MAXIMILIANO GARCIA (5 de Abril entre M. Celedonio y Dr. Segui), resultado POSITIVO, procediendo al secuestro de un buzo color azul con capucha talle 3 sin marca, una remera tipo deportiva color roja marca plataforma, un cuchillo de aprox. 15 cm. sin marca con cabo símil asta de ciervo color marrón claro, una cuchilla tipo carnicero de aprox. 25cm de largo marca tramontina, un par de zapatillas marca PROFORCE sin talle, un ciclomotor marca CERRO tipo Cross modelo 150 cc. utilizado para cometer ilicito, color blanca con vivos negros sin dominio motor nro. 162FMJ180J1170, nro. de chasis limado, atento a lo cual se procede a labrar actuaciones a tenor art. 289 inc. 3 CP por separado. Respecto imputado ENZO MAXIMILIANO GARCIA, se lo notifica art. 60 CPP por los delitos de ABIGEATO e INF. ART. 289 inc. 3 CP.

Asimismo se deja constancia que en Dlio. de García se hallaba en aljibe cuero de ovino quemado, el cual no se incauta por el estado de putrefacción que presentaba.

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