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General Villegas
jueves, noviembre 21, 2024

El municipio promueve las buenas prácticas agrícolas

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La Municipalidad de General Villegas, a través de la Secretaría de Promoción y Producción, promueve el programa del Ministerio de Desarrollo Agrario (MDA) de la Provincia de Buenos Aires, que tiene por objetivo que los productores de cultivos extensivos puedan realizar, mediante la implementación de Buenas Prácticas Agrícolas, un manejo productivo que mejore y conserve los suelos de la provincia de Buenos Aires.

El programa tiene dos pilares fundamentales: el cuidado del suelo y la adecuada aplicación de agroquímicos.

Aquellos productores que cumplan con las pautas establecidas en el programa podrán obtener una certificación gratuita, para luego solicitar un aporte no reintegrable.

¿Quiénes pueden inscribirse?

Productores que desempeñen sus actividades en la Provincia de Buenos Aires, tanto aquellos que lo hagan en establecimientos propios o alquilados.

¿Cómo obtener la certificación de Buenas Prácticas Agrícolas?

Requisito excluyente:

· Presentación de un análisis de suelo (el MDA asumirá el costo de hasta 4 análisis por productor).

Diseño de un plan de manejo trienal que contemple:

· Rotación de cultivos con balance positivo en la fijación de C.

· Prever la erosión hídrica y/o eólica para lo que se podrá usar Cultivos de Cobertura.

Recomendaciones complementarias

De manera complementaria, pero no excluyente, se recomienda realizar acciones en torno a los siguientes ejes: procedencia de semillas, seguridad – higiene y salud ocupacional, capacitación, mantenimiento de maquinaria, gestión de procesos, gestión de residuos y agricultura de precisión.

Incentivo económico

Los incentivos económicos serán aportes no reintegrables (ANR) de carácter anual y se calcularán de la siguiente manera:

· Para quienes cuenten con boleta de impuesto inmobiliario rural, el incentivo se calculará en función de la siguiente escala: 1) para unidades de producción agrícola de hasta 600 hectáreas, el equivalente al 10 % de la tasa inmobiliaria; 2) para unidades de producción agrícola de entre 601 y 1000 hectáreas, el equivalente al 6 % de la tasa inmobiliaria; y 3) para unidades de producción agrícola de 1001 hectáreas en adelante, con tope máximo de 5000 hectáreas, el equivalente al 3 % de la tasa inmobiliaria.

· Si el monto resultante de la aplicación de la escala anterior resulta inferior al equivalente 80 kilogramos de carne de novillo de arrendamiento – según precio de la pizarra del Mercado Agroganadero de Cañuelas (al primer día hábil del trimestre en se produce la registración en el programa) – se le otorgará un aporte no reintegrable equivalente a ese monto.

Inscripciones para acceder a beneficios exclusivos: https://www.mda.gba.gob.ar/sistemas/mi/login

Más información: Oficina de Promoción y Producción – Palacio Municipal 1° piso.

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