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miércoles, febrero 19, 2025
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La Columna Económica por Omar Emín / Microempresas: pago a cuenta de contribuciones patronales

La ARCA reformó la norma reglamentaria del cómputo del impuesto sobre los débitos y créditos como pago a cuenta de las contribuciones patronales de la microempresas

Mediante la resolución general 5632, la ARCA rectificó la reglamentación de la norma, dispuesta por la resolución general (AFIP) 5405, que permite a las microempresas optar por compensar hasta un 30% del impuesto sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operaciones efectivamente ingresado, como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales.

Anteriormente el Poder Ejecutivo, a través del decreto 1137/2024 publicado en el Boletín Oficial del 30 de diciembre pasado, extendió hasta el 31 de diciembre de 2025 la posibilidad de optar por calcular hasta un 30% del tributo sobre los créditos y débitos en cuentas bancarias y otras operatorias como pago a cuenta de hasta el 15% de las contribuciones patronales; mientras que el 70% restante puede ser contabilizado como pago a cuenta de ganancias.

Es necesario destacar que la posibilidad de realizar esta opción fue implementada mediante el decreto 394/2023 y que es de aplicación para las remuneraciones que se devenguen entre el 1° de agosto de 2023 y hasta el 31 de diciembre de 2025, ambas fechas inclusive.

La determinación nominativa de los aportes y contribuciones con destino a la seguridad social deberá efectuarse mediante la utilización del sistema informático “Declaración en línea”, disponible en el sitio “web” de la ARCA y al que se deberá acceder con Clave Fiscal.

Fuente: ERREPAR