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martes, 23 abril, 2024

Ganancias: acceda a la norma que prorroga los vencimientos anuales para empresas

Por Omar Emín

A través de un comunicado oficial, la AFIP confirmó la prórroga de la fecha de vencimiento de la presentación de las declaraciones juradas y del pago del Impuesto a las Ganancias para las Sociedades.

La extensión de los plazos alcanza a las empresas que cerraron sus balances en diciembre de 2020.

Las nuevas fechas de presentación de las declaraciones juradas y pago del impuesto son el 26 y 27 de mayo, de acuerdo a la terminación de la CUIT (el ingreso del saldo se realizará el mismo día de la presentación).

Las fechas previstas originalmente para la presentación de las declaraciones juradas era el 13, 14 y 17 de mayo, mientras que el ingreso del saldo resultante estaba previsto para los días 14, 17 y 18 de mayo.

La medida busca garantizar el acceso a distintos beneficios, asociados a cambios normativos que fueron incorporados recientemente a los aplicativos.

La AFIP anticipó además que analiza establecer nuevos plazos para los vencimientos previstos para mediados de junio en materia de impuesto a las ganancias Ganancias y sobre los Bienes Personales para personas humanas. De acuerdo a la información obrante, los plazos se correrían al mes de julio.

La Administración Federal de Ingresos Públicos publicó las valuaciones a tener en cuenta en el Impuesto sobre los Bienes Personales para la confección de la declaración jurada 2020.

Las tablas publicadas en el Micrositio Ganancias y Bienes Personales, corresponden a las valuaciones de automóviles, camiones, motocicletas y demás vehículos como así también a la moneda extranjera, obligaciones negociables, títulos públicos, fondos comunes de inversión y el detalle de entidades financieras.

Fuente: iProfesional