22 C
General Villegas
sábado, 20 abril, 2024

Ley Micaela: El Concejo busca la adhesión del municipio

La Ley Micaela o Ley de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes del Estado es una ley promulgada en Argentina en 2018, que establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres, para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Nación en la República Argentina.

Fue resultado de la movilización social tras el femicidio de la adolescente Micaela García en 2017; y generó exigencias hacia los organismos del Estado en capacitación en perspectiva de género.

Al respecto, la concejal del oficialismo Alicia Laino dijo en ACTUALIDAD que «todos los bloques estamos trabajando en conjunto en la aplicación de la Ley Micaela en el ámbito del municipio de General Villegas».

Al mismo tiempo informó que «los bloques hemos recibido una capacitación que bajó del Ministerio de la Mujer; y formulamos una nueva ordenanza para capacitar a todos los empleados municipales. Esto lo tienen que recibir como un derecho, saber qué hacer, cómo hacerlo; y también como un deber, que sientan la obligación de recibir la capacitación y que si no lo hace va a tener una sanción».

Qué dice el proyecto de ordenanza local

El artículo primero sostiene, textualmente, «adhiérase el municipio de General Villegas a la Ley Nacional N° 27.499, ‘Ley Micaela de Capacitación Obligatoria en Género para todas las personas que integran los tres poderes de Estados’, y a la Ley Provincial 15.134 en un todo de acuerdo a su art. 11°. A partir de esta adhesión se establece la capacitación obligatoria en la temática de género y violencia contra las mujeres para todas las personas que se desempeñen en la función pública en todos sus niveles y jerarquías en forma permanente o transitoria en el ámbito de los tres poderes municipales».

En tanto, el segundo artículo dice que «se establece como Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza el Área de la Mujer, Género y Diversidad Sexual; creada por Decreto N° 457 del año 2018»; y en este sentido deja en claro que «la autoridad de aplicación tendrá las siguientes funciones:

1.-Establecer junto con los órganos de implementación las directrices y los lineamientos mínimos de los contenidos curriculares de la capacitación en la temática de género y violencia contra las mujeres, dentro de los 90 días posteriores a la promulgación de la presente Ordenanza.

2.-Instrumentar mecanismos para garantizar la participación de la Mesa intersectorial de Violencia donde están los distintos actores de la sociedad representados.

3.-Certificar la calidad y las actualizaciones de las capacitaciones que elaboren los distintos órganos de implementación.

4.-Elaborar un informe anual sobre el cumplimiento de las capacitaciones y las actualizaciones periódicas».

El artículo 3° menciona que los órganos de implementación serán «los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial, en un plazo de 30 días desde su promulgación deben designar los órganos de implementación en sus respectivos ámbitos, los mismos junto con la autoridad de aplicación establecerá los contenidos curriculares mínimos los modos y las formas que se implementarán en sus respectivos ámbitos y las actualizaciones periódicas, con el fin de incorporar progresivamente buenas prácticas y experiencias innovadoras en materia de prevención, sanción y erradicación de la violencia de género que redunden en una mayor efectividad».

El 4° agrega que «las personas que se negaren a realizar las capacitaciones previstas en la presente ordenanza serán intimadas en forma fehaciente por la autoridad de aplicación. El incumplimiento ante dicha intimación será considerado falta grave y dará lugar a las sanciones que prevé la Constitución, Leyes, Estatutos y reglamentos respectivos, especialmente se deberá agregar como obligación en el art. 62 de la Ordenanza 5657 sobre Régimen de Empleo Público para el personal de la Municipalidad de General Villegas; sin perjuicio no hacer efectiva la promoción a niveles superiores por concurso o progresión, y de hacer pública dicha negativa en la página web del municipio».

El proyecto de ordenanza tiene dos artículos más. El 5° que dice que «la Autoridad de Aplicación pondrá en vigencia la presente Ordenanza en un plazo no mayor de 90 días, a partir del cual se iniciarán las capacitaciones»; y el 6° que aclara que «los gastos que demande la presente ordenanza se tomarán de las partidas que establezca el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos del municipio de General Villegas».

Antecedentes

Micaela García fue una militante del Movimiento Evita que fue violada y asesinada a la salida de una discoteca en Gualeguay en 2017 (Entre Ríos) por Sebastian Wagner, quien había estado preso por abuso sexual y había sido liberado días antes del femicidio.

La noticia del crimen de Micaela, luego de siete días de intensa búsqueda, en abril de 2017, generó una fuerte conmoción a nivel nacional, ya que la joven participaba activamente del movimiento Ni Una Menos y militaba en el Movimiento Evita. Por el femicidio fue condenado a prisión perpetua Sebastián Wagner, de 30 años.