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jueves, 28 marzo, 2024

Remuneraciones mínimas en el régimen de trabajo agrario

Por Omar Emín

Se fijaron remuneraciones mínimas para el personal permanente, comprendido en el Régimen de Trabajo Agrario, con vigencia a partir del 01.07.2020 y del 01.11.2020 hasta el 31.07.2021.

Los porcentajes de aumento acordados, se aplican de la siguiente manera: 20% desde el mes de julio de 2020 y 12% desde el mes de noviembre de 2020. Estos porcentajes de aumento se aplican sobre la escala anterior, publicada al mes de febrero de 2020.

Algunas de las remuneraciones brutas, por ocho horas de trabajo, a partir de noviembre de 2020 (se cobra en los primeros días de diciembre 2020 o últimos días de noviembre 2020), serían los siguientes:

Peones Generales: $ 38.770,-

Ordeñadores en Explotaciones Tamberas: $ 41.641,-

Cocineros: $ 41.368,-

Conductores Tractoristas: $ 43.183,-

Mecánicos: $ 45.414,-

Puesteros: $ 42.743,-

Capataces: $ 47.148,-

Encargados: $ 49.736,-

Los integrantes de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario, se comprometen a reunirse en el mes de enero de 2021, a fin de analizar las posibles variaciones económicas ocurridas desde la entrada en vigencia de la presente resolución que pudieran haber afectado las escalas salariales y la necesidad de establecer ajustes sobre estos.

Fuente: iProfesional.com