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General Villegas
jueves, 18 abril, 2024

Sesión extraordinaria por Defensa Civil

El Concejo Deliberante vuelve a sesionar. La sesión extraordinaria fue convocada por el Presidente del Cuerpo Legislativo y será hoy, a las 21 horas.

El orden del día está compuesto por un único tema: el tratamiento del Expediente D.E. 12665/18 – H.C.D. 128/18 «Normativa para Defensa Civil Municipal».

¿Qué dice el proyecto?

El artículo 1º de la ordenanza sostiene que “la Defensa Civil Municipal es la parte de la Defensa Civil Nacional y Provincial, que comprende el conjunto de medidas y actividades no agresivas, tendientes a evitar, anular o disminuir los efectos que los agentes de la naturaleza o cualquier desastre de otro origen puedan provocar sobre la población y sus bienes; y contribuir a restablecer el ritmo normal de vida en la zona afectada”.

En el 2º, el proyecto dice que “la acción de la Defensa Civil Municipal se desarrollará en todo el Partido de General Villegas, en general se regirá por las disposiciones nacionales y provinciales y, en particular, por la presente ordenanza y su respectiva reglamentación”.

En el 3º, se explica sobre la creación del Sistema como mecanismo de coordinación y articulación de organismos públicos municipales, provinciales, nacionales, entidades privadas, organizaciones no gubernamentales y el conjunto de habitantes del distrito.

Y en el 4º se hace mención a que el objetivo general consiste en prevenir, evitar, anular o disminuir los efectos de los eventos adversos resultantes de la acción de agentes naturales o antrópicos, susceptibles de ocasionar daños sobre la población, a los bienes públicos, privados y al medio ambiente, y una vez acaecidos desplegar aquellas medidas que contribuyan a restablecer el ritmo normal de vida de la zona afectada.

En el artículo 5º se detallan los objetivos específicos del Sistema de Defensa Civil; y en el 6º se deja en claro que el intendente tendrá a su cargo la planificación, organización, coordinación, control y dirección; y eventualmente la conducción de las operaciones de emergencia dentro del ámbito municipal.

En este sentido, se detalla en el artículo 7º que para hacer efectivo los objetivos de la ordenanza, el intendente podrá:

Crear órganos de asesoramiento, realizar convenios de mutua colaboración, ejecución y control de Defensa Civil.
Delegar la conducción de las operaciones de emergencia que el funcionario designe.
Declarar el “estado de emergencia” en parte o totalidad del territorio del distrito o disponer su cesasión.
Aceptar donaciones, legados, servicios, bienes en comodato y toda otra contribución de los medios de ayuda a damnificados, con el fin de evitar la superposición y dispersión de esfuerzos, como así también aceptar donaciones, legados, servicios, bienes en comodato y toda otra contribución de los medios de ayuda que contribuyan al equipamiento de los sistemas operativos de la Defensa Civil, a fin de responder eficaz y efectivamente en los casos necesarios.
Administrar y disponer de los recursos pecuniarios destinados a los fines de la presente ordenanza.
Disponer acerca de la posesión, tenencia, mantenimiento y disposición de los efectos e instalaciones de propiedad municipal afectados a la Defensa Civil.
Prever la constitución de reserva de elementos en depósitos en zonas convenientemente determinadas, para hacer frente a las necesidades de la emergencia.

El proyecto del Departamento Ejecutivo fue presentado en el mes de octubre de 2018 y estaba en comisión. La urgencia en el tratamiento del tema habría surgido luego de las tormentas con consecuencias importantes que pasaron por General Villegas, con un alerta vigente hasta por lo menos los primeros días de febrero.