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sábado, diciembre 14, 2024
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ARBA permitirá cancelar impuestos con compensación de saldos a favor en otros tributos

Por Omar Emín

Desde esta semana, estará operativo en ARBA algo inédito en el ordenamiento impositivo argentino: se podrán cancelar impuestos con el saldo a favor en otros impuestos distintos, siempre dentro de la órbita de la provincia de Buenos Aires; es decir, cuya recaudación este a cargo de ARBA.

Durante su actividad, los agentes económicos sufren retenciones o percepciones y a la vez retienen o perciben el impuesto sobre los Ingresos Brutos a otros; de este modo, muchas veces se generan saldos a favor en el impuesto, por retenciones que exceden la obligación a cumplir.

Se daban muchas situaciones en las cuales, producto del exceso recaudatorio indicado en el impuesto sobre los ingresos brutos, se mantenían saldos a favor del contribuyente que llegaban a ser significativos y estos convivían con saldos a favor del fisco en concepto de patentes, impuesto inmobiliario y otros. Estas dos situaciones hasta ahora iban por carriles separados; o sea, por un lado debían cancelarse los saldos a favor del fisco y por otro solicitar el reintegro de los saldos a favor. Pero ARBA pondrá operativo desde esta semana un mecanismo de compensación de saldos web.

Los principales puntos del nuevo esquema son los siguientes:

1. Los trámites se realizarán íntegramente y de manera automatizada, a través del sitio oficial de ARBA.

2. Puede solicitarse la compensación de saldos acreedores con saldos deudores correspondientes a los impuestos que siguen:

– Inmobiliario.

– A los Automotores.

– Sobre los Ingresos Brutos.

– Como contribuyente local o sujeto al régimen de Convenio Multilateral.

– Como agente de recaudación.

3. Se incluyen capital de la obligación tributaria, sus intereses, recargos y multas.

4. Se compensarán en primer término los saldos a favor no prescriptos, que registren una mayor antigüedad.

5. Se aplicarán, en primer término, a la cancelación de los saldos deudores de la misma obligación tributaria, comenzando por los más antiguos.

6. En caso de subsistir un remanente a favor, el mismo se aplicará a la cancelación de los saldos deudores de otras obligaciones que registre, en su condición de contribuyente o de agente de recaudación.

7. Antes de proceder a la compensación, la aplicación informática verificará, de manera automática, el cumplimiento de las siguientes principales condiciones:

– No encontrarse sujeto a un procedimiento de fiscalización en curso.

– Haber presentado las declaraciones juradas del tributo que le correspondan en ese carácter, con relación a la totalidad de los anticipos vencidos.

– No registrar deuda en instancia judicial, ni encontrarse sujeto a concurso preventivo o quiebra.

Reintegro de crédito fiscal

Lo que está vigente hasta ahora solamente es que los contribuyentes que tributan Ingresos Brutos en la provincia de Buenos Aires y posean crédito fiscal con ARBA de hasta $200.000 podrán solicitar su reintegro desde la web del organismo, incluso si revisten dentro del Convenio Multilateral. Una vez iniciado el trámite digital, recibirán la devolución en 72 horas.

En octubre de 2017 el tope para acceder al trámite web de devolución era de $10.000 y se fue elevando de forma gradual hasta llegar ahora a $200.000.
Esta opción puede seguir siendo utilizada por aquellos contribuyentes que tengan saldo a favor en las condiciones detalladas y que adeuden al fisco provincial, otros impuestos recaudados por este.

Fuente: iProfesional