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domingo, diciembre 15, 2024
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Aprueban reprogramación de deudas municipales por un valor de $29.600.000

Los concejales aprobaron, en el marco de la 4° Sesión Especial del Concejo Deliberante, la reprogramación de dudas municipales por un valor de $29.600.000, en el marco del “Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal”.

En el articulado de la ordenanza preparatoria se destaca que la reprogramación tendrá las siguientes condiciones financieras:

a) Total de la deuda municipal alcanzada: Veintinueve millones seiscientos mil ($29.600.000).

b) Plazo de gracia: hasta el 1 de diciembre de 2022.

c) Plazo de devolución, valor, periodicidad de las cuotas: de 18 meses, en cuotas mensuales, iguales y consecutivas desde el fin del plazo de gracia.

d) Medio de pago y garantía: los recursos que le corresponda percibir a este municipio en virtud del Régimen de Coparticipación Municipal de Impuestos establecido por la Ley Nº 10.559, sus modificatorias y complementarias, o el régimen que en el futuro lo sustituya o reemplace.

La ordenanza preparatoria menciona también que «el Departamento Ejecutivo preverá en los presupuestos futuros las partidas necesarias para atender la cancelación total de la Reprogramación de Deudas Municipales».

El Fondo Especial de Emergencia Sanitaria

A raíz del Covid-19 se declaró el estado de emergencia sanitaria en la Provincia. En este contexto, se creó el Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal, con el objetivo de otorgar recursos a los municipios, a los fines de que éstos puedan sobrellevar la situación de emergencia mencionada y menguar el impacto financiero que ésta les provoca.

El Fondo se constituyó para contribuir, desde el Gobierno Provincial, con el pago de sueldos de los empleados municipales, el cual fue una herramienta que ha posibilitado a los funcionarios continuar con su gestión sin sobresaltos, como así también, atender los gastos demandados para la contención de la pandemia por Covid.

La Ley N° 15.310 -en su artículo 56- faculta nuevamente al Poder Ejecutivo Provincial, a través del Ministerio de Hacienda y Finanzas, a reprogramar las condiciones financieras de reembolso de los recursos del Fondo Especial de Emergencia Sanitaria para la Contención Fiscal Municipal” previa solicitud del intendente municipal.

La situación de pandemia aún no ha cesado y, si bien se han logrado materializar medidas efectivas y eficientes en el marco de la crisis sanitaria existente, frente a la continuidad de las circunstancias que dieron origen al dictado del Decreto N° 264/20, surge la necesidad de hacer uso de la facultad que otorga el artículo 1° de la Resolución N°55/22 del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, a fin de acogerse a las nuevas condiciones financieras para el reembolso de las asistencias recibidas, reprogramando de este modo el stock de la deuda municipal al día 1° de diciembre del año 2021.