La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) avanzará en 2026 con un esquema de restricciones sobre el uso de medios de pago electrónicos que alcanzará a miles de contribuyentes en todo el país. La medida contempla la prohibición para operar con tarjetas de crédito y débito, transferencias bancarias y desde billeteras virtuales, además de pagos mediante códigos QR, para personas físicas y jurídicas incluidas en un registro específico del organismo.
La decisión forma parte de una estrategia de control fiscal y financiero orientada a prevenir maniobras de evasión impositiva y posibles operaciones de lavado de dinero. El mecanismo apunta a aplicar sanciones operativas inmediatas cuando se detectan inconsistencias entre la información declarada por los contribuyentes y los movimientos financieros registrados en el sistema.
Las restricciones no se aplicarán de manera generalizada, sino que estarán dirigidas exclusivamente a quienes figuren en la denominada «Base de Contribuyentes no Confiables», un listado administrado por ARCA que hereda los criterios de control que anteriormente utilizaba la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP). Este registro concentra a personas y empresas que, según el organismo, presentan irregularidades relevantes en su situación fiscal o financiera.
El universo de contribuyentes afectados estará compuesto por aquellos cuyo CUIT figure activo dentro de la base de no confiables. La inclusión en este listado implica que el organismo tributario considera que existen riesgos fiscales asociados a las operaciones de esa persona o empresa.
Esta política se articula con el esquema de supervisión implementado por el Banco Central de la República Argentina (BCRA), que durante 2025 instruyó a entidades bancarias y fintech a bloquear cuentas y medios de pago de aquellos usuarios identificados en registros oficiales de riesgo fiscal. De este modo, ARCA y el BCRA coordinan acciones para que las restricciones se ejecuten de forma automática a través del sistema financiero.
Una vez que ARCA confirma que un CUIT integra la base de contribuyentes no confiables, bancos, emisores de tarjetas y billeteras virtuales quedan habilitados para suspender las operaciones vinculadas a ese número de identificación tributaria. Esto incluye tanto a clientes individuales como a comercios y empresas que utilicen medios de pago electrónicos para cobrar bienes o servicios.
Las limitaciones previstas abarcan una amplia gama de operaciones financieras y comerciales. Entre las principales se encuentran los pagos con transferencia, que incluyen los denominados Pagos con Transferencia (PCT) y las operaciones realizadas mediante códigos QR asociados a cuentas bancarias o billeteras digitales.
Fuente: iProfesional
