El Gobierno Nacional formalizó el lanzamiento de una línea de crédito destinada a trabajadores que no están sujetos al Impuesto a las Ganancias. Esta iniciativa forma parte del conjunto de medidas económicas anunciadas por el Ministerio de Economía.
La característica más destacada de esta nueva línea de crédito es la Tasa Nominal Anual (TNA) subsidiada, que se sitúa en un 50%. Además, los beneficiarios contarán con un período de gracia de tres meses y podrán optar por plazos de devolución de 24, 36 o 48 cuotas, según sus necesidades.
El monto máximo de préstamo es de $400.000, pero es importante señalar que la relación cuota-ingreso no debe exceder el 20% del salario mensual del solicitante.
Es relevante mencionar que estos préstamos serán financiados con los fondos disponibles en la Anses. Por lo tanto, el decreto introduce modificaciones en la Ley 24.241 del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) para permitir el uso de hasta un 20% de los activos totales del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) en el financiamiento de esta iniciativa.
Para acceder a estos préstamos, los trabajadores deben cumplir con ciertos requisitos, que incluyen estar en una relación laboral de dependencia, no estar sujetos al Impuesto a las Ganancias, ser residentes permanentes en el país y tener al menos seis meses de antigüedad continua con el mismo empleador. También deben asegurarse de no alcanzar la edad de jubilación antes de finalizar el pago del crédito, no tener otra línea de crédito vigente con la Anses y no estar clasificados como «situación 2» en el registro de deudores del Banco Central (BCRA).
El decreto establece que los solicitantes no podrán acceder al mercado de cambios para comprar divisas hasta que hayan cancelado completamente el crédito, y esto será complementado por regulaciones adicionales emitidas por el Banco Central.
Los préstamos se acreditarán en la tarjeta de crédito del trabajador, en la misma cuenta donde recibe su salario. Los tres meses de gracia se calcularán en función del día de cobro de la remuneración del trabajador, y en caso de cambiar de cuenta bancaria, se deberán proporcionar los datos de la nueva cuenta a la Anses para los débitos de las cuotas pendientes.
En caso de incumplimiento en los pagos, la Anses tiene la facultad de debitar el monto adeudado de las cuentas bancarias del tomador. Sin embargo, es importante destacar que los montos utilizados del FGS en el financiamiento de esta línea de crédito están respaldados por el Fondo de Garantías Argentino (Fogar), que cubre hasta el 100% del capital del préstamo y establece un límite máximo de intereses a pagar, que no puede superar el 10% del saldo restante de los créditos otorgados.
Fuente: iProfesional