El descanso del Día del Empleado de Comercio se adelantó al lunes 25 de septiembre -su fecha consagrada por ley es el 26 de septiembre- para garantizar un fin de semana largo a sus beneficiarios. En esta efeméride, celebrada desde el 2009, los negocios, shoppings y supermercados están cerrados, y quienes sean convocados a sus puestos laborales van a cobrar como en días feriados.
Desde la Faecys (Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios) confirmaron la medida, común en las ediciones anteriores de este festejo sectorial, de adelantar la fecha para el lunes. Cabe aclarar que, si bien los afiliados a esta liga de gremios tienen la fecha consagrada como un feriado nacional, no lo es para el resto de las personas, por lo que sus actividades seguirán de la misma manera.
El comunicado oficial
En vísperas del “Día del Empleado de Comercio” –que tal como lo indica la ley 26.541 se celebra todos los 26 de septiembre–, el Secretario General de la FAECYS, Armando Cavalieri, resolvió trasladar la fecha conmemorativa hacia el lunes 25 de septiembre.
La razón del traspaso pretende facilitar el cierre de negocios, supermercados y shoppings para que el festejo sea íntegro.
Por tal disposición, los mercantiles estarán exentos de prestar servicios laborales durante todo el lunes 25 de septiembre.
La normativa -impulsada y sancionada en 2009 a través de la gestión de Armando Cavalieri- otorga el carácter de los feriados nacionales sobre todos los empleados comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.
Cómo cobrarán los empleados de comercio que trabajen
El cobro de la jornada del 25 de septiembre para los empleados de comercio que deban presentarse a sus puestos será el doble de una jornada regular, ya que la fecha es considerada un feriado para este grupo, y la Ley de Contrato de Trabajo establece que los feriados se liquidan de esta forma en días de asueto. Además, no se podrá conceder la fecha como un franco compensatorio.