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viernes, 19 abril, 2024

Monotributo: beneficio para quienes pagaron regularmente

Por Omar Emín

Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma nueve meses las obligaciones mensuales, accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.

Así lo definió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 5100/2021 publicada en el Boletín Oficial, la norma precisa las condiciones para acceder al beneficio previsto para los pequeños contribuyentes, que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito. De esta manera, la medida reduce, de manera excepcional, de 12 a nueve meses del año la condición para percibir el reintegro.

Además, garantiza que los monotributistas puedan gozar del beneficio del reintegro, que será efectivizado el próximo año. El citado reintegro para quienes hayan abonado en tiempo y forma al menos nueve meses, será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago, por cada uno de los contribuyentes cumplidores.

Por otra parte, continúa abierta la posibilidad para que los monotributistas accedan a los beneficios implementados por la Ley de Alivio Fiscal y la Ley de Sostenimiento e Inclusión Fiscal.

Así, los pequeños contribuyentes tendrán tiempo hasta el 30 de noviembre para adherir a la moratoria para obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de este año, con un plan de hasta 60 cuotas.

La AFIP también extendió los plazos para ejercer las opciones de permanencia, reingreso al monotributo y de beneficios para contribuyentes cumplidores. De esta manera, prorrogó por dos meses los plazos previstos originalmente.

Fuente: iProfesional.com